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Finanzas y legal

Guía para darte de alta en autónomos

¿Estás pensando en emprender un negocio por tu cuenta? ¿Una empresa quiere contratarte pero uno de los requisitos es que te des de alta como autónomo? Aunque para algunos, los pasos que hay que llevar a cabo para darse de alta como trabajador autónomo pueden resultar laboriosos en un principio, pero son en realidad más rápidos y sencillos de lo que puede parecer.

Antes de que el trabajador comunique a la administración su alta, deberá informarse con detalle si “autónomo” es la figura administrativa que mejor se corresponde con la actividad que va a realizar. Una vez sepamos que vamos a realizar una actividad considerada como trabajo autónomo, darse de alta requiere de los siguientes pasos:

#1.Tramitar el alta en Hacienda

Antes de iniciar cualquier actividad, el primer trámite que se debe realizar es darse de alta en Hacienda. Ya sea en cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria o desde su sede electrónica en Internet (si se tiene certificado digital o DNI electrónico), se debe presentar la declaración censal (modelos 036 y 037), en la que notificarás tus datos personales, la actividad a la que te vas a dedicar, la ubicación de tu negocio y los impuestos que tendrás que pagar. Si en el desarrollo de tu actividad, hay alguna variación en estos datos, deberás presentar de nuevo el modelo 036 o 037, con la correspondiente modificación.

El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036 que pueden utilizar casi todos los autónomos (salvo por ejemplo los que tengan regímenes especiales de IVA o deban figurar en el registro de operaciones intracomunitarias) ya que podrán presentarlo todas las personas físicas dotadas de NIF y en las que el domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa, siempre y cuando no estén incluidos en los regímenes especiales del IVA (con excepción del simplificado, agricultura, ganadería y pesca o de recargo de equivalencia) ni figuren en el registro de devolución mensual (REDEME), el de operadores intracomunitarios, o el de grandes empresas.

A la hora de declarar la actividad tendrás que seleccionar alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), donde se incluyen diversas actividades empresariales y profesionales.

Para los autónomos que desarrollen su actividad desde casa, deberán especificar el número de metros cuadrados de la vivienda que están dedicados al trabajo para poder deducir el porcentaje de IVA correspondiente de los gastos totales del hogar cuyas facturas y alquiler deben estar al nombre del trabajador.

#2.Tramitar el alta en la Seguridad Social

Tras pasar por la Agencia Tributaría, se dispone de un plazo de 60 días antes del inicio de actividad para dirigirse a la Seguridad Social y tramitar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). En este caso, hay  que presentar el impreso TA.0521 en alguna de las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) junto con una fotocopia del DNI o NIE y la hoja del alta en Hacienda.

El modelo TA0521 sirve para notificar los datos personales, la actividad, la ubicación del negocio, la cuota de autónomos que deberemos pagar (la base mínima de cotización de autónomos está fijada desde el 1 de enero de 2018 en 919,80 y la máxima en 3.751,20 euros), y la mutua con la que se trabajará en caso de baja laboral. Así mismo, como coberturas opcionales se podrá cotizar por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y por desempleo.

Si eres nuevo autónomo en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social (RETA) podrás beneficiarte de la tarifa plana de 50 euros mensuales en tu cuota de autónomo durante al menos 24 meses y una bonificación adicional de un año al término de la tarifa plana en caso de ser mujer menor de 35 años u hombre menor de 30. También existen deducciones para los autónomos con discapacidad, los jóvenes, los trabajadores de Ceuta y Melilla, los mayores de 65 años o aquellos con cese de actividad por maternidad o paternidad. Estas bonificaciones deberán solicitarse siempre en el momento de tramitar el alta y no después.

#3. Alta en tu Ayuntamiento

Esta es una gestión de la que están exentos los trabajadores que van a desarrollar su actividad en su domicilio cuando no hay atención al público que generen molestias en el vecindario. Pero en el caso de necesitar la apertura de un local para ejercer la actividad económica, se debe tramitar la licencia de apertura a través del Ayuntamiento. También tendremos que acudir al área de urbanismo o medio ambiente del Ayuntamiento si lo que necesitamos es una licencia de obras para poder realizar tareas de acondicionamiento o mejora en nuestro local, oficina o nave. El coste de la licencia de apertura se calcula para cada local teniendo en cuenta tres factores: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y tipo de actividad.

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