La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo obliga a todos los trabajadores autónomos españoles a incorporarse en un plazo máximo de seis meses al Sistema RED, cuyo principal fin es intercambiar datos de forma digital con la Seguridad Social.
El Sistema RED es un servicio de la Tesorería General de la Seguridad Social para el intercambio electrónico de datos o documentos en materias de: afiliación, cotización y recaudación de empresas y trabajadores.
Los trabajadores por cuenta propia de nuestro país tienen por delante el próximo medio año, a contar desde el 1 de marzo, para darse de alta en el Sistema RED, un servicio digital para profesionales ofertado por la Tesorería General de la Seguridad Social y ahora, obligatorio. El fin de esta plataforma es la posibilidad de intercambiar información online sin necesidad de tener que hacerlo de forma física. Una vez esté dado de alta, el autónomo únicamente precisará conexión a Internet para acceder a documentos de afiliación, cotización o partes médicos.
El pasado día 6 de Marzo el BOE ha publicado la orden EES/214/2018, de 1 de Marzo, por la que se modifica la Orden EES/484/2013, de 26 de marzo, que regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social. El denominado Sistema RED constituye la principal plataforma de acceso a los servicios electrónicos de la seguridad social a través del cual se realizan los trámites y actuaciones de las empresas con la Administración de Seguridad Social.
La Orden EES de hace más de cuatro años estableció la obligación de las empresas en la utilización de la Plataforma, excluyendo entonces a los trabajadores autónomos, en la medida que se valoraba que este colectivo no había evolucionado suficientemente en materia de desarrollo digital como para extender la obligación a los mismos. Ahora, la nueva Orden considera que pasados más de cuatro años ya es el momento de ampliar esta obligación a todos los autónomos, incluidos los del Grupo I del Régimen del Mar, y para ello da un plazo de seis meses para la incorporación al Sistema RED.
Si eres autónomo, gracias a este sistema obligatorio a partir de finales de verano, podrás presentar vía online toda clase de documentos como la relación nominal de sus trabajadores, la tramitación de los saldos de sus acreedores o el ingreso de las cuotas sociales.
Para el uso del Sistema RED (RED Internet, RED Directo y Sistema de Liquidación Directa) se requiere estar debidamente autorizado por la TGSS. Para acceder a este servicio es imprescindible disponer de un certificado electrónico válido que garantice la seguridad y confidencialidad de todas las actuaciones.
Los autorizados RED deben disponer además de un Programa de nóminas adaptado al uso del Sistema RED, así como de la aplicación WinSuite32/ SILTRA, proporcionadas por la Seguridad Social, para poder llevar a cabo la presentación de los documentos de las series TC2 y solicitud de una de las modalidad de pago ofrecidas por la TGSS.
NOTIFICACIONES OBLIGATORIAS A TRAVÉS DEL SISTEMA RED:
-Inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, así como cotización y recaudación.
-Comunicación de partes médicos de baja.
-Comunicaciones de suspensiones de contratos de trabajo y cualesquiera otras actuaciones que vengan exigidas por la normativa de seguridad social.
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