¿Todavía no tienes claro cual será la figura jurídica empresarial adecuada para tu negocio? ¿Es la Sociedad Limitada el modelo empresarial que más se adecúa a tus necesidades? No es lo mismo que inicies un nuevo proyecto tú solo por tu cuenta y riesgo, asumiendo todos los peligros en caso de no conseguir los resultado esperados que hacerlo en compañía de una serie de socios y minimizar el riesgo a nivel personal y familiar. Por ello debes saber que la sociedad de responsabilidad limitada (SRL), más conocida como Sociedad Limitada (SL), es el tipo de sociedad mercantil más extendido en España, siendo muy utilizada por pequeños empresarios autónomos que de esta forma limitan su responsabilidad al capital aportado, evitando responder con su patrimonio personal ante las deudas de sus negocios. A continuación te exponemos las ventajas y desventajas de este modelo empresarial para que tomes una decisión acertada.
VENTAJAS
-Una de las principales ventajas de la SL es la responsabilidad limitada. En el caso de que la sociedad no pueda afrontar sus deudas en caso de liquidación (siempre y cuando no exista dolo o negligencia por parte del administrador), esas deudas tan solo se sufragarán con el patrimonio empresarial, no como en el caso del autónomo individual en el que se vería comprometido todo el patrimonio personal.
–Con una sociedad, el autónomo se establece un sueldo y puede desgravarlo como gasto.
– La sociedad puede ser unipersonal ya que el mínimo de socios posibles para conformarla es uno.
-Los costes de constitución son asequibles, del orden de 600 €, sin contar la aportación de capital social.
-Responsabilidad frente a acreedores limitada al capital social y a los bienes a nombre de la sociedad.
-La gestión es más sencilla que la de una sociedad anónima en cuanto a los trámites burocráticos.
-Las sociedades tienen mayor facilidad de acceso al crédito bancario ya que a los bancos les ofrecen una mejor información sobre su funcionamiento y además el hecho de ser Sociedad suele ofrecer una mejor imagen.
–Capital social mínimo exigido relativamente bajo, 3.000 €, que además una vez desembolsado puede destinarse a financiar inversiones o necesidades de liquidez.
-En cuanto a la fiscalidad, la sociedad limitada no está sujeta a un escalado de gravamen como en el caso del IRPF, que sí afecta a los autónomos. Si una Sociedad Limitada genera unos altos beneficios, no implica un mayor porcentaje de tributación.
-La transmisión de la empresa es sencilla, tan solo debemos poner un precio a la misma y transmitir las participaciones sociales.
INCONVENIENTES
-Las participaciones no son fácilmente transmisibles ya que su venta queda regulada por los estatutos de la sociedad y la Ley, teniendo prioridad los restantes socios. Por ello, esta tipo de sociedad no es una forma adecuada si se quiere captar a un gran número de inversores.
– Una de las pequeñas trabas de la Sociedad Limitada, es la necesidad de un capital mínimo de 3.000€ para su constitución. En el caso de un autónomo o Sociedad Civil no se requiere de una inversión inicial.
– Los trámites de constitución son más complejos y costosos. Constituir una Sociedad Limitada requiere de una serie de pasos y trámites burocráticos que nos costarán tiempo y dinero, frente a la mayor sencillez de constituirnos como autónomos individuales.
– Una vez constituida la Sociedad Limitada, esta está sujeta a unos mayores trámites fiscales y burocráticos que otras figuras empresariales como el autónomo. En la SL nos veremos a obligados a liquidaciones de IVA, retenciones de IRPF, declaraciones informativas, etc.
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